Qué factura te tiene que dar la concretera en Guatemala
Normativa y responsabilidad

Qué factura te tiene que dar la concretera en Guatemala

Qué documentos debe entregarle la concretera por cada viaje y por la venta, qué papel juega el NIT y por qué la boleta de entrega no sustituye a la factura.

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Equipo Premezclado

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De una compra de concreto salen documentos distintos que la gente confunde: la cotización, la boleta de entrega de cada viaje, el documento que ampara el traslado y la factura. Sirven para cosas diferentes y ninguno sustituye a otro. La boleta de entrega es el documento técnico del viaje; la factura es el documento fiscal de la venta.

En resumen: Pida la factura a nombre del NIT correcto, con el precio en quetzales y coincidiendo con lo cotizado: cobrar un precio superior al exhibido, informado o publicado es una infracción. Guarde además la boleta de entrega de cada viaje, que es técnica y no fiscal. La Nota de Envío es el documento electrónico de la SAT que ampara el traslado de mercadería sin ser una venta. Para reglas y requisitos tributarios, consulte a la SAT.

Los cuatro documentos, uno por uno

  • Cotización. No es un documento fiscal. Es el precio ofrecido y las condiciones. Guárdela: es contra lo que se compara la factura.
  • Boleta de entrega. Uno por camión. Es el documento técnico exigido por la NTG 41068 y debe entregarse antes de descargar. No prueba el pago ni sirve como comprobante fiscal.
  • Nota de Envío. Es el documento electrónico de la SAT que ampara el traslado de mercadería sin constituir una venta. Aparece cuando hay movimiento de producto que todavía no se factura como tal.
  • Factura. Es el comprobante fiscal de la venta, a nombre del NIT del comprador. Es la que le sirve para su contabilidad y para respaldar el gasto de la obra.

El NIT: el dato que hay que dar antes, no después

En Guatemala el identificador fiscal es el NIT y la autoridad tributaria es la SAT, Superintendencia de Administración Tributaria. La factura sale a nombre de quien compra, y ese dato hay que darlo cuando se abre el pedido, no cuando llega el camión.

Errores que cuestan tiempo:

  • Dar el NIT personal cuando la obra la contrata una empresa, o al revés. Después el gasto no cuadra con quien lo pagó.
  • Facturar a nombre del contratista cuando el que paga es el dueño de la obra, sin haberlo acordado.
  • Dictar el NIT por teléfono al despachador. Déjelo por escrito en el pedido, junto con el nombre exacto y la dirección.
  • Pedir el cambio de nombre después de emitida. Corregir un comprobante ya emitido no es un favor que se pide en la ventanilla: tiene su procedimiento, y ese procedimiento se consulta con la SAT.

Qué debe cuadrar entre la factura y lo demás

Con las boletas de entrega en la mano, la revisión de la factura toma cinco minutos y ahorra discusiones:

  • Metros cúbicos. Sume el volumen de todas las boletas del período y compárelo con lo facturado. Si no cuadra, pida explicación por escrito antes de pagar.
  • Clase de concreto. La resistencia facturada debe ser la de las boletas y la de la cotización. Si pidió 4000 psi y las boletas dicen 3000 psi, hay dos problemas a la vez: técnico y de cobro.
  • Precio unitario. El mismo de la cotización.
  • Cargos adicionales. Bombeo, esperas, viaje en falso, fletes, horario especial. Deben venir identificados y corresponder a algo pactado. Un cargo que aparece sin haber sido informado antes contradice el derecho a información veraz, suficiente, clara y oportuna.
  • Moneda. Los precios finales se exhiben en quetzales, moneda nacional.

Si le cobran más de lo cotizado

Esto no es una diferencia de criterio comercial. La Ley de Protección al Consumidor y Usuario, Decreto 06-2003, trata como infracción expresa cobrar un precio superior al exhibido, informado o publicado. También es infracción incumplir las condiciones de entrega, plazos y características ofrecidas o pactadas.

Qué hacer, en orden:

  1. Reclame por escrito a la concretera adjuntando cotización, boletas y factura, y pida acuse de recibido.
  2. Deje constancia en el libro de quejas: todo proveedor debe tenerlo en lugar visible y de acceso irrestricto.
  3. Si no hay respuesta, acuda a la DIACO, Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, del Ministerio de Economía, que es la autoridad que aplica esa ley.

Entre los derechos básicos del consumidor está la reparación, la indemnización, la devolución del dinero o el cambio del bien por incumplimiento. Pida lo que corresponde a su caso, con números.

La letra pequeña del contrato de suministro

La mayoría de contratos de suministro son de adhesión: formato de la empresa, sin negociación. La ley les pone límites que conviene conocer antes de firmar:

  • No producen efecto las cláusulas que den a una parte la facultad de dejar sin efecto o modificar el contrato a su solo arbitrio. Una cláusula que permita ajustar el precio unilateralmente entra de lleno ahí.
  • En caso de duda, se interpreta a favor del consumidor.
  • Las cláusulas que infrinjan la ley son nulas ipso jure.
  • Debe entregársele copia íntegra del contrato.
  • Los derechos de la ley son irrenunciables, de interés social y de orden público.

También existe el derecho de retracto dentro de cinco días hábiles, siempre que no se haya usado el bien o servicio. Con concreto ya fundido eso deja de tener sentido; puede tenerlo con un servicio contratado y aún no prestado.

Cómo pedirlo para que salga bien a la primera

  1. Al abrir el pedido, entregue por escrito: nombre exacto, NIT, dirección y a quién se envían los documentos.
  2. Pida la cotización con el desglose de lo que está incluido y lo que se factura aparte.
  3. Nombre en obra a una persona autorizada para recibir y firmar las boletas de entrega, y archívelas el mismo día.
  4. Antes de pagar, cruce boletas contra factura. Sumar metros cúbicos es más barato que reclamar después.
  5. Guarde todo junto: cotización, boletas, documentos de traslado y factura. Es el mismo expediente que le va a servir si aparece un problema de resistencia.

Para cualquier duda sobre requisitos tributarios, documentos electrónicos o correcciones, la consulta va a la SAT. No se guíe por lo que se comenta en la obra ni por lo que hizo otro proveedor.

Sobre responsabilidades y reclamos: Quién responde si la estructura falla: proyectista, constructor y proveedor, Qué pasa si el camión llega tarde o el concreto no corresponde a lo pedido y Qué mueve la cotización de concreto en Escuintla y la costa sur.

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